Derecho de autor

2. Propiedad intelectual

2.1. Derecho de autor

El derecho de autor representa un conjunto de prerrogativas legales que tienen como objetivo proteger los derechos de la persona como creadora de contenido.

Se concede entonces un derecho inmediato, exclusivo o absoluto sobre una creación intelectual, el cual permite a la persona autora utilizar o explotar con exclusividad la obra literaria, científica o artística sobre la que recae el derecho, e impedir a terceras personas el uso o explotación de esta si no cuentan con su autorización; por lo tanto, no es un derecho de naturaleza exclusivamente patrimonial, sino que además es manifestación de la personalidad de la persona autora. Se le atribuyen a esta derechos morales y derechos patrimoniales.

Derechos morales y derechos patrimoniales

¿Quién es “el autor”?

Es la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica, y a la que la ley concede un conjunto de derechos para explotarla o utilizarla.

¿Qué se entiende por obra?

Obra es toda creación original literaria, artística o científica expresada por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro.

Resulta necesario que la obra tenga carácter original; es decir, la creación constituye una novedad objetiva frente a cualquier otra existente, y que sea expresada por la persona autora de alguna forma.

Protección derecho de autor

A continuación, puedes realizar estos ejercicios para afianzar tus conocimientos:

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