Uso de contenido en redes sociales

Sitio: Plataforma de aprendizaje KZgunea
Curso: Conoce los derechos de autor para manejarte en las redes sociales
Libro: Uso de contenido en redes sociales
Imprimido por: Invitado
Día: viernes, 22 de noviembre de 2024, 08:57

1. Introducción

Con la creación de nuevas plataformas de comunicación en los tiempos de interconexión en los que vivimos, surge un aumento exponencial en la masificación de la información y el acceso a cualquier tipo de contenido.

Las redes sociales se muestran hoy en día como principal instrumento de comunicación e intercambio de contenido, el cual en muchas ocasiones se encuentra bajo la protección del derecho de autor, por lo que es importante saber qué contenido podemos compartir y cómo hacerlo.

Gráfico contenido en redes

2. Redes sociales y derecho de autor

Una vez que comprendemos el alcance del derecho de autor y los requisitos para el uso de las obras, es necesario revisar sus implicaciones cuando estamos usando una red social.

Las redes sociales se caracterizan por permitir a las personas interactuar, generar y compartir contenidos, teniendo estos la función de recibir, producir y transmitir toda clase de material; por tanto, se consideran verdaderas plataformas de intercambio masivo de contenidos y constituyen parte importante de nuestra identidad digital.

Estas son sus principales características:

Características redes sociales
  1. Perfil público donde se pueden plasmar datos personales e información particular.
  2. Red de personas que se puede limitar y articular para compartir publicaciones.
  3. Disposición de herramientas para visualizar, rastrear e interactuar con personas desconocidas.

Dadas estas características, y teniendo en cuenta el tipo y la cantidad de información que puede compartirse, así como el número de personas que pueden tener acceso a ella, es importante saber cómo tratar dichos contenidos si estos están protegidos: no todo vale.

3. Objeto de protección

Como hemos visto, no todo vale. Los contenidos que se publiquen y compartan a través de las redes sociales pueden catalogarse según sus características, siendo este material susceptible de protección por parte del derecho de autor.

Es necesario que el contenido cumpla lo siguiente:

  • Se pueda considerar como una obra; por lo tanto, en el caso de las redes sociales, el contenido objeto de protección deberá constituir una creación propia de la persona autora y tener atribución de originalidad.
  • Se haya expresado en el medio tecnológico con posibilidad de publicarse y distribuirse por ese mismo medio.

Se entiende entonces que el contenido de las redes sociales es aquella información proporcionada por las personas por propia decisión e iniciativa, con el interés de compartir este contenido con sus contactos o público en general y estaría compuesto por diferentes tipos de materiales o recursos.

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4. Licencias sobre derechos de propiedad intelectual en las redes sociales

La persona autora de la obra que es protegida por el derecho de autor es quien ejerce de forma exclusiva los derechos de explotación en las redes sociales.

En un principio, si queremos compartir contenido a través de cualquier red social, es necesario que esta acción la lleve a cabo su autor/a, o tengamos autorización para hacerlo; sin embargo, al ser esto imposible dada la dimensión global de las redes sociales, se ha configurado un sistema de concesión de licencias de derecho de autor por el cual se permite distribuir y utilizar los contenidos compartidos por las personas.

Es necesario señalar que no siempre estas licencias encajan con algunas previsiones legales dispuestas en la normativa española de propiedad intelectual, como el carácter irrenunciable de los derechos morales o algunos límites en los derechos de explotación, prevaleciendo siempre el orden jurídico interno.

Algunos ejemplos de concesión de licencias en redes sociales son estos:

Facebook LinkedIn Twitter
En las Condiciones de servicio de Facebook, se prohíbe compartir contenidos que vulneren o infrinjan los derechos de propiedad intelectual de otra persona y se establece la necesidad de otorgar permisos legales en forma de licencias para el uso del contenido que las personas usuarias creen y compartan en la red social. Literalmente, se indica lo siguiente: nos otorgas una licencia internacional, libre de regalías, sublicenciable, transferible y no exclusiva para alojar, usar, distribuir, modificar, publicar, copiar, mostrar o exhibir públicamente y traducir tu contenido, así como para crear trabajos derivados de él (de conformidad con tu configuración de privacidad y de la app).


Logo Facebook
En el caso de LinkedIn, en el apartado sobre Derechos y limitaciones de sus Condiciones de uso, se ratifica la propiedad de la persona usuaria sobre el contenido y la información que se publique en la red social; sin embargo, se otorga igualmente una licencia universal para poder usar, copiar, modificar, distribuir, publicar y tratar la información y el contenido que se proporcione, sin ningún consentimiento adicional, notificación o compensación.




Logo LinkedIn
Twitter lo recoge de manera similar en el apartado Contenido de los servicios del documento de Términos de servicio, donde se expresa que el uso de los servicios por parte del usuario constituye una compensación suficiente para otorgar una licencia mundial, no exclusiva, libre del pago de derechos que autoriza a poner el contenido publicado a disposición del resto del mundo y permitir que otros hagan lo mismo. Expresamente dispone: Usted acepta que esta licencia incluye el derecho de Twitter a proporcionar, promover y mejorar los Servicios y a poner el contenido enviado a través de los Servicios a disposición de otras empresas, organizaciones o personas para la sindicación, emisión, distribución, Retweet, promoción o publicación de dicho contenido en otros medios y servicios, sujeto a nuestros términos y condiciones para el uso de dicho Contenido.

Logo Twitter

5. ¿Cómo utilizar contenido digital?

Dentro de todo el contenido que se encuentra disponible en la Red, aquello que pueda ser considerado como creación digital original debe ser entendido como obra, por lo que es susceptible de protección por parte del derecho de autor y su uso va a estar determinado por la autorización de quien es responsable de ejercitar estos derechos.

Incluso cuando el acceso a la obra haya sido de forma legítima a través de Internet, por ejemplo, a través de Twitter, debemos hacer lo siguiente:

  • Revisar las condiciones de publicación y políticas de usuario de la red social.
  • Evitar descargar el material en dispositivos propios.
  • Usar las posibilidades de compartir contenido (retuit, en este ejemplo).
  • Atribuir la autoría del contenido que se quiera utilizar.
  • Solicitar o gestionar el permiso expreso o explotarlo según la licencia que expresamente se le haya atribuido al material.
Utilizar contenido digital

Utilizando el buscador de Google podemos filtrar las búsquedas según el derecho de uso, e igualmente existen plataformas que sirven como bancos de contenido con licencias especiales de uso ya sean de pago o gratuitas.

A continuación, vemos cómo realizar esas búsquedas.

5.1. Búsqueda de contenido en Google

Existe la posibilidad de usar el buscador de Google para conseguir cualquier tipo de contenido gráfico: se puede partir de una imagen, un texto o la propia voz y acotar los resultados usando algún filtro de tamaño, escala, color, formato (GIF, ilustraciones o fotografías), fecha de publicación y derechos de uso.

Filtro derechos de uso Google

Gracias al filtro de derechos de uso se pueden acotar los resultados de búsqueda a aquellas imágenes con licencias Creative Commons, que comúnmente suelen ser más permisivas en su reutilización.

Los pasos para realizar la búsqueda usando este filtro son los siguientes:

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5.2. Búsqueda de contenido en plataformas especializadas

Además de los buscadores generales, existen plataformas específicas que sirven como bancos de contenido con licencias especiales de uso, ya sean de pago o gratuitas.

Estos son algunos ejemplos de estas plataformas:

  • Imágenes: Unsplash, Canva, Pixabay, Pexels, Envato, Vecteezy, Foter, Open Verse.
  • Sonidos/Canciones: Epidemic Sound, Artlist, Soundcloud, Jamendo, Audionautix, Audionity.
  • Vídeos: iStock, ShutterStock, Pixabay, Videez.

A continuación vamos a ver cómo usar una de las más conocidas: Pixabay.

Pixabay es una plataforma que sirve como banco de contenidos digital, donde se intercambian fotos, vídeos, ilustraciones, vectores, GIF, música y efectos de sonido, todo publicado con licencias Creative Commons que permiten que cualquier persona desarrolle, mejore y reutilice dichas obras para cualquier propósito, sin más restricciones que las establecidas como uso prohibido según las leyes de derecho de autor y base de datos.

Los pasos que debemos seguir para realizar una búsqueda en Pixabay son estos:

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6. *Ejercicios de repaso

Sugerimos los siguientes ejercicios para repasar y afianzar lo aprendido en el tema:

Ejercicio 1

Realiza los siguientes pasos:

  • Accede a Pixabay.
  • Regístrate utilizando tu correo, tu cuenta de Google o Facebook.
  • Busca una imagen y utiliza el filtro de color blanco y negro.
  • Descarga la imagen y visualízala en tu dispositivo.